Frank Sauerbaum
Diputado por Ñuble
Pensiones de Gracia
Hace unos días en la Cámara de Diputados aprobamos el informe de la comisión que indagó el procedimiento y criterios para el otorgamiento de pensiones de gracia a víctimas del estallido social. Entre los puntos investigados se revisaron los 418 decretos que otorgaron pensiones de gracia por hechos ocurridos a partir del 18 de octubre de 2019. Ellos se emitieron en los gobiernos de Sebastián Piñera y Gabriel Boric.
Sobre el punto se detectó que había 40 beneficiados con antecedentes penales y 39 personas que sufrieron lesiones leves. Estas personas cuentan con pensiones vitalicias. Se observó que, durante la selección de los casos, no hubo en el INDH ni en el Ministerio del Interior una instancia conformada por profesionales de la salud para acreditar las lesiones. Tampoco intervino un órgano técnico calificado en la materia.
Claramente el informe da cuenta de la poca objetividad del procedimiento para constatar las afectaciones físicas. Igualmente se critica que persiste la duda de la permanencia en el tiempo del daño físico o sicológico. Esto considerando un beneficio vitalicio otorgado para lesiones de carácter leve. Además, se detectaron falencias en la Ley 18.056, que establece normas generales sobre otorgamiento de pensiones de gracia por el Presidente de la República.
Así, se refuta el uso de una norma que permite al Mandatario a entregar el beneficio, pese a no cumplirse con todas las exigencias legales. Lo grave es que todas las pensiones fueron otorgadas invocando esta causal. Junto a ello, se refuto que ninguno de los decretos contempla consideraciones que permitan justificar la concurrencia de casos calificados. Solo se sustenta en una mera invocación de normas y en el informe favorable de la Comisión Especial Asesora Presidencial, “sin aludir a la situación particular de los beneficiarios en relación con las lesiones sufridas y cómo el Mandatario llegó a resolver que las circunstancias de cada caso tenían el carácter de calificado”.
La investigación realizada también observa problemas identificados en los procedimientos del Instituto Nacional De Derechos Humanos (INDH). Este organismo reconoció falta de competencia técnica como órgano calificador de la calidad de víctima en relación con la acreditación de las lesiones y del menoscabo laboral. Otro punto abordado en el informe es el aumento del monto del beneficio. Pasó de un mínimo de casi $80.000 a $283.000 por lesiones leves.
Según se indicó, ello se justificó en dar una respuesta efectiva de reparación a las víctimas del estallido social. Con estos antecedentes esperamos el presidente revoque estas pensiones de gracia a la brevedad de quienes tienen antecedentes penales previos y se haga una investigación que defina responsabilidades administrativas y penales y se dé una clara señal que el Octubrismo va saliendo de la moneda con mas claridad.
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