Vacaciones de invierno: Estos son los beneficios laborales para padres y apoderados durante el receso de clases

Vacaciones de invierno: Estos son los beneficios laborales para padres y apoderados durante el receso de clases

Cada vez queda menos para la llegada del invierno, y con ello también el inicio de las anheladas vacaciones.De acuerdo al calendario escolar, el periodo de receso de clases comenzará al próximo 24 de junio.

Mientras las y los estudiantes piensan en qué harán durante este tiempo de descanso, padres, madres y apoderados trabajadores se enfrentan a la preocupación de no tener con quién dejar a sus hijos. Lo cierto es que existen derechos laborales que en estos casos los benefician.

Los beneficios de padres y apoderados durante las vacaciones de invierno
En concreto, en enero de 2024 entró en vigencia la Ley N°21.645 de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral, que otorga a los padres el derecho a vacaciones preferentes durante el periodo invernal definido por el Ministerio de Educación.

Lo anterior favorece a quienes tengan el cuidado personal de un niño o niña menor de 14 años o que estén a cargo de una persona con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada.

Ajustes de turnos y jornadas
La normativa también permite solicitar ajustes en el sistema de turnos. Durante las vacaciones escolares, y cuando la naturaleza del trabajo lo permita, los trabajadores pueden pedir modificaciones transitorias en sus turnos o en la distribución de la jornada diaria y semanal para facilitar el cuidado de sus hijos.

Derecho preferente al feriado legal
Durante el periodo de vacaciones escolares, los trabajadores podrán hacer uso preferente del feriado legal (vacaciones), por sobre otros trabajadores, en la medida en que lo soliciten a su empleador formalmente y con 30 días de anticipación.

Ley 40 horas
El pasado 25 de abril comenzó a regir la Ley de 40 horas, que reduce la jornada laboral y que incorpora una serie de beneficios para padres y madres.

La disposición establece que los trabajadores podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el inicio de su jornada laboral, generando un margen de dos horas diarias que facilita la conciliación de la vida laboral y familiar.

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