Reajustan pago mínimo obligado para tarjetas de crédito: cuánto y cómo aumentará, según la CMF

Reajustan pago mínimo obligado para tarjetas de crédito: cuánto y cómo aumentará, según la CMF

Si eres el dueño de una tarjeta de crédito, probablemente sabrás que cada mes estás obligado a pagar por su uso. Aunque algunos prefieren pagar siempre el total facturado, hay quienes optan por cancelar solo el mínimo indicado por la entidad bancaria.

En el caso de estos últimos, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) anunció un reajuste en la fórmula y los componentes del pago mínimo en tarjetas de crédito. Esto, como una medida para frenar el sobreendeudamiento.

“Aunque pagar el monto mínimo en tarjetas de crédito puede ofrecer flexibilidad durante periodos complejos desde el punto de vista financiero, es importante tener en cuenta que esta opción suele conllevar el pago de más intereses y prolongar el plazo de la deuda”, explica la entidad.

Cuánto y cómo aumentará el pago mínimo en las Tarjetas de Crédito

El pago mínimo es el importe más bajo que el titular de la tarjeta de crédito debe abonar mensualmente para evitar caer en morosidad. Aunque puede ser muy útil puntualmente cuando se está en una situación financiera complicada, también hace que los intereses se acumulen, prolongando la deuda.

En ese sentido, la recomendación siempre es pagar la facturación mensual completa. De no ser posible, hacer un esfuerzo por pagar más que el mínimo.

Hasta ahora, cada entidad bancaria definía cómo calcular el pago mínimo cada mes. No obstante, la Ley 21.673 —publicada en mayo del año pasado— entregó facultades a la CMF para establecer una nueva fórmula de cálculo en la materia, con el fin de evitar los altos intereses que se generan al pagar montos tan bajos.

Mediante una normativa publicada este miércoles, se indicó que la nueva fórmula de cálculo contempla que “el pago mínimo se determinará como la suma (total) del Monto No Financiable (MNF) más un porcentaje de 5% del Monto Financiable (MF)”. ¿Qué significa esto?

Monto No Financiable (MNF): es el monto que considera las cuotas sin interés pagaderas en el periodo de facturación. También los intereses, comisiones y otros cargos, tales como impuestos, cargos adicionales, primas de seguros, entre otros. Deberá pagarse sí o sí cada mes.
Monto Financiable (MF): es la diferencia entre el total facturado y los MNF, el cual incluye las cuotas con intereses pagaderas en el periodo de facturación.

“Los datos dan cuenta que un 84% de las personas termina pagando intereses por cuotas que fueron originalmente pactadas sin interés”, indican desde la CMF, remarcando la importancia de incluir las cuotas sin interés dentro del pago mínimo.

Matemáticamente, la nueva fórmula se ve así:

Pago Mínimo ≥ 100% ⋅ MNF + 5% ⋅ MF

La norma también comprende excepciones.

Por ejemplo, si estás pasando por un mal momento económico, tu banco puede concederte el no pago de tu deuda hasta por dos meses consecutivos, siempre y cuando esta se salde dentro de los 24 meses siguientes y quede debidamente justificada ante la CMF.

¿Cómo se implementará?

Esta fórmula no se implementará de golpe, sino que se realizará mediante incrementos graduales de las cuotas sin interés al MNF en el orden del 25% cada 6 meses. Así, cuando se cumplan los 24 meses, entra en régimen el pago mínimo que debe comprender, al menos, un 5% de los MF, y el 100% de los MNF.

Esta norma entrará en vigor un año después de su publicación, es decir, en junio de 2026 comenzará a aplicarse la nueva fórmula y, 6 meses después, tendrá lugar el primer aumento del 25%.

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