Sii informa quiénes deben declarar ingresos por arriendo de propiedades
Tanto personas naturales como jurídicas que generen ingresos por el arriendo de bienes raíces deben incluir el monto obtenido por este concepto en su declaración anual de Renta, en concordancia con las características tanto de ellos mismos como de las propiedades involucradas.
El Servicio de Impuestos Internos (SII) proporcionó una serie de detalles sobre el uso del Asistente de Arriendo de Bienes Raíces durante la Operación Renta 2024. Este asistente, disponible en su sitio web, fue diseñado para ayudar a los propietarios con tres o más propiedades DFL-2 en alquiler, o con una segunda propiedad en alquiler que no sea DFL-2 (de más de 140 m2), a cumplir con la obligación legal de reportar los ingresos obtenidos por este concepto.
Conoce quiénes deben declarar sus ingresos por arriendo
Tanto personas naturales como jurídicas que generen ingresos por el arriendo de bienes raíces deben incluir el monto obtenido por este concepto en su declaración anual de Renta, en concordancia con las características tanto de ellos mismos como de las propiedades involucradas.
El SII señaló que es importante tener en cuenta que:
• Para personas que obtienen ingresos por el arriendo de hasta dos bienes raíces habitacionales DFL-2 (con menos de 140 m2), no están obligadas a declarar, ya que los arriendos de las dos primeras viviendas acogidas a este beneficio se consideran no renta, es decir, están exentas de impuestos. No obstante, tienen la opción de utilizar el asistente de manera voluntaria para informar sobre el uso que dan a sus propiedades y asegurarse de que no necesitan incluir esos ingresos en su declaración de renta.
• A partir de la tercera vivienda acogida al beneficio, se requiere declarar los ingresos por concepto de arriendo obtenidos, independientemente de la fecha de adquisición, para determinar el impuesto, si corresponde. Esto marca un cambio significativo, ya que anteriormente, las viviendas DFL-2 adquiridas antes de 2010 estaban exentas de esta obligación.
• Si la vivienda no está acogida bajo el régimen DFL-2 o corresponde a otro tipo de bienes raíces, como oficinas, bodegas y/o estacionamientos, la persona está obligada a incluir siempre el monto obtenido por este concepto en su declaración anual de Renta, para calcular el impuesto a pagar.
• Las personas con actividades de primera categoría, como empresas y empresarios individuales, no están amparadas por el beneficio de DFL-2 y, por lo tanto, están obligadas a declarar siempre.
Declaración de ingresos por arriendos
El SII comunicó que el uso del Asistente de Arriendo de Bienes Raíces alcanzó una alta focalización este año, con 101.156 contribuyentes declarando ingresos afectos al Impuesto Global Complementario (IGC) por un total de $893.498 millones.
“Desarrollamos este Asistente en el marco de nuestra estrategia de facilitación del cumplimiento tributario. Con el cambio legal que implicó el inicio de la obligación de declarar ingresos por arriendos desde la tercera propiedad DFL-2 desde este año, proyectamos que cerca de 100 mil contribuyentes usaría el Asistente de Arriendo de Bienes Raíces para informar sus rentas por este concepto, lo que se cumplió y revela que se alcanzó el nivel de focalización esperado”, comentó la subdirectora de Fiscalización del SII, Carolina Saravia.
En total, los contribuyentes que declararon ingresos por arriendo en esta Operación Renta fueron 116,445, lo que marca un aumento del 356% en comparación con 2023, cuando solo fueron 25,000 quienes lo hicieron.
Los 101,279 contribuyentes que utilizaron el Asistente representan el 87% del total de declarantes.
Asimismo, “los montos totales declarados por estos 116 mil 445 contribuyentes se incrementaron desde los $445.726 millones en la Operación Renta 2023 a los $1.102.304 millones, para el mismo periodo (USD $1.224 millones) este año”, señaló el SII.
Del total de contribuyentes que declararon ingresos por arrendamiento en 2024, 97,886 (84% del total) quedaron en el tramo afecto al Impuesto Global Complementario. Sin la declaración de estos ingresos, esta cifra disminuiría a 79,225 contribuyentes (68% del total de declarantes de ingresos por arriendo en 2024).
Por lo tanto, la proporción de declarantes en el tramo afecto creció en 16 puntos porcentuales.
Otro efecto de esta declaración de ingresos por arrendamiento, según el SII, es que “50.845 contribuyentes (44% del total de declarantes de rentas por arrendamiento) aumentaron su tasa de Impuesto Global complementario (IGC)”.
La subdirectora de Fiscalización concluyó que el impacto directo se observa en que, al incluir los ingresos por arriendo, se ha generado un monto adicional de impuesto declarado que alcanza los $154,707 millones (USD $171 millones), lo que demuestra la importancia de la estrategia preventiva y de facilitación del SII.
La Ley N° 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias, dispuso que todas las personas naturales que posean viviendas económicas acogidas al DFL-2 desde el año 1959 (de hasta 140 m2), deben tributar por los ingresos que estos bienes raíces generen por arriendos a partir de la tercera vivienda, sin importar la fecha de adquisición de las mismas.
Esta Ley también eliminó la exención para todos los contribuyentes que no sean personas naturales, lo que significa que, a partir de esta Operación Renta, las personas jurídicas también deben tributar por estos ingresos en todo caso.
Este año, también se implementaron modificaciones a la Declaración Jurada 1835 sobre bienes raíces arrendados, con el fin de actualizar las obligaciones de información relacionadas con el arrendamiento de bienes raíces, tanto agrícolas como no agrícolas. Estas modificaciones amplían las operaciones que deben informarse, lo que permite recabar más datos para el control del impuesto a la renta derivado de los arrendamientos.
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