Chile amplía la extradición de Fujimori por cinco delitos y abre la puerta para que sea juzgado en Perú
Chile amplía la extradición de Fujimori por cinco delitos y abre la puerta para que sea juzgado en Perú
La jueza de la Corte Suprema Andrea Muñoz ha considerado como graves violaciones a los derechos humanos la esterilización forzada de mujeres. También se le persigue por homicidios y secuestros
Aunque el expresidente de Perú Alberto Fujimori (1990-2000) fue extraditado desde Chile en 2007, cada vez que debe ser juzgado por nuevos delitos el Estado peruano debe elevar la petición a los tribunales chilenos. Y, en un fallo de primera instancia, este lunes la ministra de la Corte Suprema Andrea Muñoz ha concedido la ampliación de su extradición por cinco casos de violaciones de los derechos humanos, entre ellos las esterilizaciones forzadas de miles de mujeres durante su gobierno, además de homicidios durante el rescate, en 1997, de los rehenes de la Embajada del Japón en Lima.
La ampliación de la extradición fue solicitada por el Estado peruano, representado en Chile por el abogado chileno Rodrigo Zegers Reyes. El fallo de la magistrada Muñoz, quien acogió cinco de los ocho delitos por los que se realizó la petición, implica que se abre la puerta para que Fujimori pueda ser juzgado en Perú. Sin embargo, a la resolución todavía le falta una segunda revisión de parte de la sala penal de la Corte Suprema, que analizará el caso dentro de un plazo de cinco días. En esa consulta podrían revisarse los otros tres capítulos que la jueza desestimó: malversación de caudales públicos, pues se consideró que había prescripción; revelación de secreto y suministro ilegal de armas de fuego a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia, las FARC.
Alberto Fujimori, de 85 años, salió en libertad el 6 de diciembre de 2023 después de catorce años en la cárcel. Cumplía una condena de 25 años por violaciones a los derechos humanos. Fue el Tribunal Constitucional de Perú el que ordenó su liberación inmediata en base a un indulto presidencial que se le concedió en 2017 por razones humanitarias.
A Chile llegó en noviembre de 2005 en un vuelo proveniente desde Tokio, Japón, donde había huido cinco años antes. En Santiago permaneció bajo un arresto domiciliario, en un acaudalado sector de la capital del país sudamericano hasta septiembre de 2007, cuando la Corte Suprema chilena concedió su extradición por violaciones a los derechos humanos.
“Una agresiva política de planificación familiar”
En su resolución, la jueza chilena Andrea Muñoz ha dado curso a la petición en contra de Fujimori por cinco graves delitos de acuerdo con el tratado sobre extradiciones suscrito entre Chile y Perú además de tres convenciones internacionales, entre ellas la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, conocida como Belém do Pará.
El fallo señala que “existen a lo menos presunciones fundadas o indicios razonables” de que durante el mandato de Fujimori, en particular entre 1995 y 2000, “impulsó una agresiva Política de planificación familiar” que se aplicó de forma masiva a “mujeres de estratos socioeconómicos bajos, de zonas rurales, o urbano marginales y de pueblos indígenas”. Para ello, agrega, los funcionarios de salud tuvieron así como sanciones e incentivos “que pasaron por alto el debido consentimiento informado de quienes eran sometidas a dicha técnica invasiva”.
Para la magistrada Muñoz, las actuaciones en las que Fujimori aparece como principal responsable “constituyen una clara violación al derecho a la vida e integridad física y síquica, al derecho a la salud, al derecho a decidir libre e informadamente, con plena autonomía, los métodos de planificación familiar –que es un componente básico de los derechos sexuales y reproductivos– y el derecho a la igualdad y no discriminación, al respeto de la vida privada, todos derechos fundamentales que se encuentran reconocidos en distintos instrumentos internacionales de carácter universal y regional”.
Además, la jueza amplió la extradición de Fujimori por delitos contemplados en otros cuatro capítulos, que consideró también como flagrantes violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad e imprescriptibles desde el punto de vista penal: los secuestros y homicidios de seis integrantes de la familia Ventocilla; 40 homicidios durante el rescate de los rehenes de la Embajada del Japón en Lima; homicidios y lesiones en el caso del penal [Miguel] Castro Castro y “secuestros agravados de un grupo de militares”.
Comentarios
Publicar un comentario