Mejor Niñez lamenta detención de directora de hogar y dice que tribunal no siguió el protocolo de derivación

Mejor Niñez lamenta detención de directora de hogar y dice que tribunal no siguió el protocolo de derivación

Esto, luego que la mujer resultara esposada y trasladada en un calabozo, por no acceder a la orden del tribunal para recibir en la residencia a una adolescente que había agredido a otra niña.

El caso de la directora que resultó detenida por negar el ingreso al Hogar Quillahua, en Buin, de una menor que había agredido a otra niña residente, levantó la molestia de directorios de fundaciones que colaboran con el Sename y Mejor Niñez.

Esto, porque la mujer fue esposada y trasladada a un calabozo de la comisaría de Buin porque se configuró desacato: el tribunal había dado la orden de que la menor agresora entrara a ese recinto, y al no obtener respuesta positiva, se facultó a carabineros a actuar, en un proceso que fue calificado como "exagerado e innecesario".

Las alertas se levantaron y aparecieron, en paralelo, los cuestionamientos sobre la responsabilidad de protección a los niños bajo el cuidado del Estado. Consultados por Emol, desde Mejor Niñez, la directora regional metropolitana, Marcela Gaete, lamentó la detención de la directora del hogar y detalló que se trata de una situación preocupante.

"Esta situación nos preocupa principalmente porque la prioridad es, siempre, el bienestar de los niños, niñas y adolescentes atendidos por el Servicio de Protección. Es por ello que gestionamos la derivación de la adolescente hacia otra residencia, lo cual se concretó exitosamente", comentó.

En esa línea, dijo lamentar "las condiciones que tuvo que atravesar la directora de Residencia Quillahua, pues tenemos la profunda convicción de que esto se pudo haber evitado, si en vez de derivar directamente a la adolescente, el tribunal hubiese seguido el protocolo establecido en la norma (Ley 21.032), que regula la asignación de cupos en coordinación con el Servicio".

En concreto, el artículo 19 de la mencionada norma, que establece que los niños, niñas y adolescentes respecto de quienes se adopte una medida de protección de las señaladas en las letras c) y d) del artículo 71 y en el 80 bis de la Ley 19.968, "serán derivados a los programas de protección especializada por los tribunales o las Oficinas Locales de la Niñez que las determinen, según corresponda".

"En ambos casos, será el Director Regional respectivo quien asigne un cupo en un proyecto del programa que corresponda, atendiendo a un procedimiento breve, racional y justo, de acuerdo al reglamento que se dicte al efecto", señala la normativa.

Es decir, el tribunal debió considerar la opinión de la directora regional de Mejor Niñez para ordenar el traslado de la niña al hogar Quillahua, lo que no habría ocurrido.

Esto, hubiera permitido, además, que se tuviera en vista que la presencia de la niña agresora en el hogar significaba un riesgo para la otra menor, puesto que si bien no había una orden de alejamiento, aquello estaba "contraindicado" en un diagnóstico clínico especializado.

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