Condenan a Enel a pagar unos US$10 millones por cortes en 2021: Sernac lo califica como "histórico"

Condenan a Enel a pagar unos US$10 millones por cortes en 2021: Sernac lo califica como "histórico"

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó de la sentencia, en primera instancia, sobre el caso interpuesto contra Enel Distribución y Enel Colina por cortes de luz en la región Metropolitana entre enero y febrero 2021.

En ella, se ordena a la empresa que pague alrededor de US$10 millones, tanto en multas como compensaciones.

Si bien Enel se abrió a empezar un Procedimiento Voluntario Colectivo a las decenas de miles de clientes que se vieron afectados por las lluvias del último fin de semana de enero, el Sernac consideró que la propuesta compensatoria fue “insuficiente”, por lo que comenzó un proceso judicial por poco más de dos años.
Justicia ordena pagar millonarias compensaciones a Enel
Este nuevo anuncio fue entregado por el director nacional del organismo, Andrés Herrera, quien señaló que el 4to Juzgado Civil de Santiago acogió “íntegramente” las acusaciones del Sernac, en un fallo “histórico”.

Así, la sentencia recogió los alegados del Servicio Nacional del Consumidor respecto a las compensaciones por daño moral, improcedencia de “caso fortuito”, insuficiencia en los planes de poda, complementariedad de la ley del consumidor y ley eléctrica, universalidad de compensaciones, proporcionalidad y aplicación de la fórmula compensatoria para servicios básicos (artículo 25a de la ley del consumidor).

Sobre los montos compensatorios, en promedio para aquellos clientes afectados por cortes de tres días, recibirán unos $90 mil; para todos los consumidores, el monto promedio es de $74 mil, incluyendo los $50 mil de año moral y al menos $10 mil por cada día de corte de suministro.

“Asimismo, el tribunal impuso a Enel y a Enel Colina una multa de 1.500 UTM por cada una, esto quiere decir, cerca de 200 millones de pesos por la infracción a los derechos de los consumidores, basada en el incumplimiento de sus obligaciones en cuanto a la provisión del servicio eléctrico”, señalan en un comunicado oficial.

Herrera señaló que “esta sentencia es una gran noticias para las y los consumidores del país, pues por primera vez en la historia, desde la entrada en vigencia de la ley N° 21.081, se reconoce la indemnización del art. 25a”.

Con ello, también valoró que se estipule compensar a clientes con cortes de luz inferiores a cuatro horas.

En este contexto, y teniendo en cuenta que el fallo desechó la idea de un “caso fortuito” o de “fuerza mayor”, es que el director del Sernac recalcó que esto será crucial para los procesos que se están realizando con Enel, CGE y Chilquinta por los cortes de suministro de agosto.

“Esperamos tener una primera aproximación de sus propuestas antes de las Fiestas Patrias, para posteriormente hacer los análisis respectivos y hacia fines de septiembre y mediados de octubre, tengamos ya una claridad respecto de cómo seguir”, dijo Herrera.

Comentarios