Nueva norma obliga a vincular equipajes con pasajeros en buses interurbanos: ¿Cuáles son las multas?

Nueva norma obliga a vincular equipajes con pasajeros en buses interurbanos: ¿Cuáles son las multas?

A partir de septiembre, entró en vigencia una nueva normativa que regula los equipajes en los buses interurbanos.

Se trata de una iniciativa que afecta directamente a las empresas de transporte de pasajeros y, en menos medida, a los usuarios, quienes ahora tendrán identificados el número de bultos que lleven a bordo.

Sobre esta última arista, el coronel Emilio Teixidor, de la Prefectura del Tránsito y Carreteras de Carabineros mencionó a una publicación del Ministerio de Transportes afirmó que la medida permitirá “contar con una trazabilidad de los bultos que se están llevando en los buses interurbanos, y tener clara la identidad de cada una de las personas que se está trasladando”.
Qué dice la nueva normativa sobre equipajes en buses
En el detalle, esta regla obliga a las líneas de buses a entregar un comprobante por cada bulto o equipaje transportado, el cual debe especificar el nombre del usuario y su número de asiento, en el caso de viajes menores a 5 horas.

Si el tiempo es mayor, a lo antes señalado deberán sumar una nómina de pasajeros que incluya el número de ticket de cada bulto. La documentación debe permanecer disponible por las empresas hasta 180 días después ante eventuales investigaciones del Ministerio Público.

La medida permitirá que los equipajes que se transportan estén correctamente documentados, registrados y vinculados al o los pasajeros.

Aquellas empresas que infrinjan la norma, se abrirá un proceso administrativo sancionatorio que puede terminar en una amonestación por escrito, suspensión o cancelación del servicio o del vehículo. Además, se exponen a multas entre 0,5 a 1 UTM ($33.181 a $66.362).

La fiscalización en torno al cumplimiento de esta normativa se realizará por inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, inspectores municipales y Carabineros.

Al respecto de esta una nueva ordenanza, el subsecretario de Transportes, Jorge Daza, señaló que “esta nueva normativa permitirá aumentar las condiciones de seguridad de los pasajeros y la tripulación, y facilitar las fiscalizaciones de las policías y posteriores investigaciones del Ministerio Público”.

¿Qué tiene permitido llevar un pasajero?
De acuerdo a la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), las personas pueden llevar hasta 30 kilos de bultos sin costo, siempre que el volumen no exceda los 180 litros. Si fuese mayor, la tarifa extra será acordada entre las partes.

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