Los nexos del abogado del presidente Boric con defensa de Katty Hurtado, su última indultada

Los nexos del abogado del presidente Boric con defensa de Katty Hurtado, su última indultada

Quince carillas de la sentencia condenatoria de Katty Hurtado Caamaño están dedicadas a la exposición de antecedentes que hizo, a favor de ella, el abogado Jonatan Valenzuela Saldías. Se trata del mismo profesional que —al menos desde octubre de 2024— atiende personalmente las pugnas judiciales del presidente de la República, Gabriel Boric Font. Sin ir más lejos, se encargará de defender al Mandatario en la causa que se abrió recientemente por la fallida compra-venta de la casa del expresidente Salvador Allende.

De entrada, en diálogo con BBCL Investiga, el jurista descarta haber tenido un rol activo en la defensa de Hurtado. Sin embargo, lo cierto es que el informe en derecho que confeccionó especialmente para el caso fue una de las piezas clave que el estudio Contreras & Cía presentó ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Calama. Su experiencia en el área penal y ser profesor asociado de Derecho Procesal en la Universidad de Chile, misma casa de estudio de la que egresó en 2005, lo pusieron en el radar de la defensa de la mujer.

Y es que, según se lee en la sentencia, el informe encargado a Valenzuela tenía como objetivo exponer al tribunal argumentos que sirvieran de sustento para la teoría que la defensa teníaa del caso: que Katty Hurtado cometió el crimen de su exesposo en defensa propia. Misma tesis que fue recogida por movimientos feministas y parlamentarios de distintos sectores políticos que impulsaron su indulto, pero que en su minuto fue rechazada de plano por la Justicia. Se comprobó, de hecho, que ella asesinó a Richard Aravena cuando este último estaba desprevenido y recostado sobre su cama. Por unanimidad, el tribunal estableció como agravante para calcular su pena que ella actuó “con alevosía. O sea, a traición o sobreseguro”.

“Un humilde informe”
Según información recabada por este medio, el documento confeccionado por el actual abogado del Presidente contenía un análisis sobre por qué podía aplicarse en favor de Hurtado una de las excepciones de responsabilidad criminal en el Código Penal.

En simple, la idea era profundizar ante los jueces sobre la legítima defensa, pero sin que esta sea acotada a una agresión inmediatamente anterior a la respuesta. Es decir, exponer cómo hechos de violencia ocurridos en el pasado podrían haber sido determinantes en la actuación de Katty Hurtado el día en que mató a Richard Aravena.

“Nuestra visión más corriente nos empuja a un micro-contexto de los hechos en su sentido más específico y aislado, la perspectiva de género cuestiona que el escenario de violencia anterior sea relevante, deba ser observado y conocido a la hora de juzgar esos actos”, planteó Valenzuela a los jueces del TOP calameño.

De acuerdo al acta del juicio, el jurista declaró como testigo de la defensa en una de las audiencias celebradas durante 2021. Allí, respondió preguntas de los abogados de Hurtado y también los cuestionamientos del Ministerio Público en torno a que el documento lo elaboró con información de la carpeta de investigación actualizada sólo a marzo de 2020. A juicio de la fiscalía, el informe padecía de no haber tenido en consideración su autor la reformulación de cargos que se hizo posteriormente ni tampoco los nuevos antecedentes que se allegaron al proceso.

El fallo indica que el propio Valenzuela se defendió de ese punto explicando que el trabajo que realizó no era una sentencia respecto de la conducencia de legítima defensa con perspectiva de género. Aseguró que lo suyo era “un humilde informe” para resolver.

Legítima defensa
Sea como sea, ni los argumentos de la defensa de Hurtado ni el informe en derecho de Valenzuela tuvieron el efecto que esperaban.

Y aunque el tribunal reprochó a los policías que investigaron el caso por “no tener formación en materia de género”, de la misma sentencia se desprende que los magistrados sí aplicaron ese criterio.

En efecto, analizaron la teoría de una legítima defensa “no confrontacional”. A diferencia de la visión tradicional, que requiere que exista una agresión inminente o actual, esta perspectiva hubiese justificado el actuar de Hurtado en tres escenarios:

1) La ocurrencia de la agresión futura que se pretende repeler es prácticamente segura.
2) El futuro ataque no se podrá neutralizar cuando se torne inminente.
3) La acción defensiva preventiva es la única manera mediante la cual se puede evitar la agresión futura.

Nada de eso fue probado por la defensa de la hoy indultada.

Primero, porque las lesiones en el cráneo de Aravena “no pueden apreciarse como una razonable reacción a eventuales agresiones futuras”. Segundo, pues no existen antecedentes que pudieran “sostener una segura agresión futura”. Y tercero, ya que Hurtado decidió no declarar en el juicio.

Su testimonio, según la condena, no sólo era “el elemento de corroboración esencial de sus propios planteamientos, sino que pudo haber justificado la intensidad y cronificación de la violencia, insumo necesario para verificar si existía al momento de los hechos un régimen de violencia actual”.

Abogado de los $13 millones
“Lo puedo decir directamente: nosotros estimamos que efectivamente existió un fuerte lobby más allá de la actividad de las agrupaciones feministas. Y, evidentemente, eso se vio reflejado en el indulto, porque fue un indulto extraño en relación a que no tomaron en cuenta nada lo que dijo el Poder Judicial”, asegura a BBCL Investiga el abogado de la familia de la víctima, Carlos Concha.

Consultada la Dirección de Prensa de la Presidencia de la República de Chile, optaron por no emitir ningún comentario. Solicitaron que las preguntas se remitieran directamente a Valenzuela.

Este último, según dio a conocer La Tercera este martes, continúa directamente ligado a los asuntos penales del Presidente. De hecho, La Moneda le pagará más de $13 millones como honorario por asumir la representación del Mandatario en la causa que se abrió contra él por la fallida compra-venta de la casa de Salvador Allende.

Sin más, la misma fundación ligada a un militante del Partido Republicano que presentó la denuncia contra el jefe de Estado, ahora se querelló por la contratación de Valenzuela como su abogado. Esto, pese a que la Contraloría estableció que los funcionarios públicos que son perseguidos penalmente por actuaciones en el marco de sus funciones, deben ser defendidos con recursos públicos. La nueva acción penal ya fue admitida a trámite.

¿Conflicto de interés?
Como sea, el propio Valenzuela respondió la serie de preguntas de BBCL Investiga: bajó el perfil a su actuación en el proceso penal de Katty Hurtado y descartó cualquier gestión a favor de ella para que consiguiera el indulto previo a Navidad.

Sobre el vínculo con el estudio que defendió a la mujer, aseguró que en su “calidad de profesor asociado de derecho procesal en la Universidad de Chile, el estudio de abogados mencionado me solicitó el año 2020 confeccionar un informe en derecho respecto a la posibilidad de concurrencia de la causal de justificación de legítima defensa en el caso de Katty Hurtado. El encargo se realizó en la fase de juicio, por tanto, de manera previa a la condena que se impuso en su momento a la persona indicada”.

Sobre si La Moneda sabía o supo del informe en derecho que preparó, evitó aclarar si existió o no una comunicación al Palacio en ese sentido y subrayó que su “rol no fue activo en la defensa de Katty Hurtado sino que correspondió a la confección de un informe específico”.

“No fui abogado defensor de Katty Hurtado”, recalca.

Respecto a si tuvo participación en el proceso de indulto manifestó tajantemente que no. “Como usted sabe el proceso de indulto fue muy posterior —4 años después— y no tuve ninguna participación en él”, remarcó.

Por último, consultado sobre un eventual conflicto de interés por el hecho de haber participado de la defensa de Hurtado y luego haber asumido la representación penal del Jefe de Estado, considerando que la tramitación del indulto estaba en tierra derecha, Valenzuela lo descartó.

“Evidentemente no. El informe fue realizado el año 2020 y no fue ni ha sido parte de mi trabajo con el Presidente de la República. Como le he indicado anteriormente, no he sido abogado defensor de Katty Hurtado, sino que confeccioné un informe en derecho en mi calidad de profesor asociado de derecho procesal en la Universidad de Chile”, sostuvo el legista.

Más allá de la existencia o no de potenciales conflictos de interés, el indulto a Katty Hurtado —según explicó La Moneda y el propio Presidente— obedeció a motivaciones humanitarias y en ningún caso desde el Ejecutivo se buscaba poner en tela de juicio lo resuelto por los tribunales.

Así lo detalló en la vocera (s) Aisén Etcheverry en el momento en que oficializó la noticia el 24 de diciembre de 2024, indicando que “se trata de una mujer que ha estado privada de libertad desde el momento en que confesó el delito en 2018. Katy Hurtado no tiene antecedentes delictivos previos a los hechos que generaron su condena y lleva ya seis años en privación de libertad. Durante la previsión preventiva en octubre del 2018 sufrió una violación y agresiones sexuales múltiples por dos hombres. El daño que sufrió por esos graves hechos se encuentra hoy día acreditado y el Fisco de Chile fue condenado a indemnizarla”.

Sobre ese último punto, ni un sumario de Gendarmería ni la justicia penal han logrado dar con los responsables, pese a que ya han transcurrido más de seis años desde el ultraje. Eso sí, la justicia civil ordenó al fisco pagar $25 millones a Katty Hurtado a título de daño moral por las vejaciones de las que fue víctima estando en prisión.

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