Hincha fue condenado por encender bengala en pleno partido en Chillán
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán condenó a F. N. M. R a la pena de 61 días de presidio, con el beneficio de remisión condicional por el término de un año, en calidad de autor del delito de porte y posesión de artefacto pirotécnico sin autorización, en junio de 2022, en el estadio Nelson Oyarzún, en el marco del partido que enfrentó al equipo local Ñublense con Independiente de Cauquenes.
En fallo unánime , el tribunal, aplicó, además, la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de un tercio de UTM.
“Que, reuniendo el encausado M, los requisitos establecidos en el artículo 4° de la Ley 18.216, se le sustituye el cumplimiento de la pena corporal impuesta por la remición condicional, quedando el sentenciado sujeto a la debida asistencia y observación de la autoridad administrativa pertinente por un plazo de un año, debiendo en todo caso cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 5° de la referida Ley. El sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile de Chillán, dentro del plazo de cinco días, contados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra”, consigna el fallo.
“En caso de incumplimiento o quebrantamiento del régimen de ejecución de esta pena sustitutiva, se aplicará lo dispuesto en los artículos 24 y siguientes de la Ley N°18.216, en el sentido de que, si se incumplieren grave o reiteradamente las condiciones impuestas, se podrá revocar la pena sustitutiva y cumplirse esta de manera efectiva, o bien remplazarse por otra pena sustitutiva de mayor intensidad, atendidas las circunstancias del caso; sin tiempo de abono que considerar”, añade.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 18:35 horas del 18 de junio de 2022, en el interior del estadio municipal de Chillán ubicado en calle Pedro Aguirre Cerda N°297, “(…) en el contexto de un partido de fútbol entre los equipos profesionales Ñublense e Independiente de Cauquenes, el acusado F. N. M. R
Ativó una bengala esto es un elemento pirotécnico al interior de un estadio, en un contexto de un evento deportivo”.
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