Sernac oficia a aerolínea por presunta discriminación de pasajera en silla de ruedas

Sernac oficia a aerolínea por presunta discriminación de pasajera en silla de ruedas

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a Sky Airline luego de que una pasajera en silla de ruedas denunciara públicamente que se le impidió abordar un vuelo desde Santiago a México el pasado 25 de abril. Según la afectada, funcionarios de la aerolínea le habrían negado el acceso al avión al cuestionar su condición de “autovalente“, a pesar de presentar toda la documentación requerida.

El organismo acudió a la compañía para recabar detalles del caso, incluyendo las razones de la negativa, los protocolos de atención a personas con discapacidad y las políticas internas relacionadas.

Andrés Herrera, Director del Sernac, enfatizó que “todas las personas tenemos derecho a ser tratadas con dignidad y respeto, especialmente quienes enfrentan discapacidades, pues deben superar desafíos que para muchos son invisibles, como acceder a un servicio básico”.

Así las cosas, Sky Airline cuenta con un plazo de 10 días hábiles para responder al requerimiento. Paralelamente, el Sernac coordina acciones con el Senadis (Servicio Nacional de la Discapacidad) para recopilar información complementaria que permita evaluar posibles infracciones a la Ley del Consumidor u otras normativas.

Si se confirma que hubo vulneración de derechos, el organismo advirtió que tomará las medidas necesarias para defender a la afectada. “Ninguna empresa puede negar injustificadamente un servicio ofrecido”, recordó el Sernac, citando el artículo 3 bis de la Ley del Consumidor, que prohíbe la discriminación arbitraria.

Denuncia expone falta de claridad en protocolos
El caso salió a la luz luego de que la pasajera relatara en redes sociales que, durante el proceso de abordaje, una empleada de Sky Airline le preguntó si era “autovalente”. La mujer explicó que necesitaba asistencia para trasladarse de su silla al asiento del avión, pero podía realizar otras acciones de forma autónoma.

Pese a esto, la funcionaria y una supervisora habrían insistido en que no podía viajar sin acompañante. “Nunca me explicaron qué significaba ‘autovalente’ ni me mostraron cláusulas que respaldaran su decisión”, declaró la afectada. Ante la negativa, debió comprar un pasaje en otra aerolínea, donde viajó sin inconvenientes.

El Sernac subrayó que las empresas deben garantizar accesibilidad y entregar información clara a usuarios con discapacidad. “Es fundamental que las compañías incluyan políticas de buen trato y faciliten el ejercicio de derechos sin exclusiones”, agregó Herrera.

La Ley del Consumidor sanciona expresamente la negativa injustificada de servicios y cualquier discriminación por discapacidad, recordó la entidad.

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