Aprobada ley de Defensoría de las Victimas

Frank Sauerbaum
Diputado por Ñuble

Aprobada ley de Defensoría de las Victimas 

El miércoles recién pasado se aprobó definitivamente un proyecto esperado por los chilenos, el nuevo servicio público denominado Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas de Delitos, presentado por el Presidente Sebastián Piñera el año 2021 a solicitud de nuestra bancada. 

Como su nombre lo indica, este servicio busca brindar asesoría y representación en el acceso a la resolución judicial de controversias de distinta índole, reemplazando así a las actuales Corporaciones de Asistencia Judicial que operan en el mismo sentido. Igualmente, junto con ello, la iniciativa se hace cargo de la situación de las personas que son víctimas de delitos y no aceden a una prestación de representación judicial en sus causas, existiendo solo restringidos programas municipales o de Gobierno en dicha línea. 

La iniciativa fue despachada desde la Cámara de Diputados al Senado con fecha 20 de marzo de 2024, debiendo someterse a votación las enmiendas que la cámara revisora introdujo. El Senado no introdujo modificaciones sustanciales a la orgánica del proyecto aprobada en primer trámite en la Cámara de Diputados, el que se mantiene como un servicio público con Subdirecciones y presencia territorial nacional. 

El Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de Víctimas tendrá por objeto brindar asesoría, asistencia y representación judicial (en tribunales) a personas que así lo requieran, esencialmente en función de no poder pagar de manera privada este servicio, ya sea en ámbitos civiles (derecho civil patrimonial, sucesión, derecho de familia) o en ámbitos penales en favor de las víctimas de delitos que obren como denunciante o querellante. Dentro de la nueva norma se introduce el sistema de priorización en materia de víctimas de delitos, atendida la imposibilidad de que el Servicio abarque prioritariamente a todos los fenómenos delictivos que pueden existir, se encarga al Reglamento el mecanismo de selección de aquellos que se priorizarán para otorgar la prestación de asesoría y representación. 

Con todo, este Reglamento debe considerar al menos el siguiente grupo de delitos: femicidio, parricidio, homicidio, lesiones graves, torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, maltrato a menores de dieciocho años de edad, adultos mayores o personas en situación de discapacidad, tráfico de migrantes y trata de personas, crímenes y simples delitos contra la integridad sexual, robo con violencia o intimidación, secuestro, sustracción de menores, delitos cometidos en contextos de violencia intrafamiliar, delitos tipificados en la ley que sanciona las conductas calificadas de terroristas, delitos en cuya perpetración hubiere intervenido una asociación criminal entre otros delitos graves. 

La implementación de la nueva Ley de Defensa de las Víctimas busca garantizar la protección, justicia y reparación para quienes han sido afectadas por la delincuencia. En Ñuble, la región ha visto un aumento en ciertos delitos, como robos y violencia, con un incremento del 15% en delitos violentos durante 2024, según cifras de Carabineros. La ley pretende ofrecer a las víctimas mecanismos efectivos para acceder a la justicia y recibir apoyo integral, en un contexto donde la percepción de inseguridad sigue siendo un desafío. Es fundamental que esta normativa acompañe acciones concretas para reducir la delincuencia y fortalecer la protección de quienes sufren sus delitos.

 


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