Contraloría rechaza modificaciones a la Ley Uber propuestas por el Ministerio de Transporte: “Rebajan el estándar”
Contraloría rechaza modificaciones a la Ley Uber propuestas por el Ministerio de Transporte: “Rebajan el estándar”
"Resulta menester que tal decisión se encuentre debidamente fundada en razones fácticas, técnicas y jurídicas debidamente acreditadas que justifiquen plenamente su adopción, máxime si ello redunda directamente en el estándar mínimo exigible a otros servicios de transporte", señala parte de su respuesta.
Un rechazo de Contraloría recibió el biministro de Transporte y Obras Públicas, Louis de Grange, respecto a las modificaciones propuestas por el Ejecutivo a la llamada Ley Uber.
“Esta Contraloría no ha dado curso al documento del epígrafe, que modifica el decreto supremo N° 212, de 1992, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que aprueba el reglamento de los servicios nacional de transporte público de pasajeros", señala el documento emitido por el órgano fiscalizador.
Según detalla la Contraloría, la propuesta "elimina, modifica y disminuye exigencias técnicas aplicables a los vehículos destinados a prestar a la ciudadanía los servicios de taxi, tales como antigüedad máxima de operación, antigüedad mínima para su primera inscripción y cilindrada mínima, sin que consten los fundamentos fácticos, técnicos y jurídicos que justifiquen tales medidas, ni las razones por las cuales no se sometieron a consulta pública“.
La explicación para este rechazo estaría en que la Contraloría considera que las modificaciones “rebajan el estándar y calidad de los servicios que la ciudadanía ya recibe, de manera que, con mayor razón, resulta menester que tal decisión se encuentre debidamente fundada en razones fácticas, técnicas y jurídicas debidamente acreditadas, que justifiquen plenamente su adopción, máxime si ello redunda directamente en el estándar mínimo exigible a otros servicios de transporte“.
“Finalmente, y en relación con lo dispuesto en la letra a) del artículo único del acto administrativo examinado, corresponde que ese Ministerio establezca un plazo determinado para efectos del cumplimiento de la obligación de comunicar la adscripción de los servicios de taxi básico, ejecutivo o de turismo, a una empresa de aplicación de transportes”, concluye el documento firmado por la contralora Dorothy Pérez.
La cambios en el reglamento que proponía Transportes iban en la línea de flexibilizar las antigüedades de los vehículos.
Según detalló el mismo ministro de Grange en abril de este año, “para la primera inscripción el límite sube de 1 a 5 años; para el reemplazo de vehículos aumenta de 3 a 5 años, con un régimen especial de 7 años en zonas extremas; y la antigüedad máxima de operación se extiende de 12 a 15 años”.
Además, se proponía eliminar exigencias de cilindrada y de potencia de motor, las que estarían igualadas entre taxis y vehículos de empresas de aplicaciones de transporte (EAT).
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